DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a LUIS FERNANDO MALAVE GUZMAN, venezolano, Cedula de identidad Nº V-25.413.637, natural de El Pilar, Municipio Benítez, de 20 años de edad, nacido en fecha 07/10/1995, de profesión agricultor, hijo de Luis Malavé y Carmen Guzmán, y residenciado en El Pilar, vía principal, Calle el Chinchorro, casa S/N, cerca de la cancha como a cien metros, Municipio Benítez, del Estado Sucre, por la presunta comisión de delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo 4establecido en el artículo 300 numeral 4 ° del Códi.....