Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoada por la ciudadana CARMEN ELIZABETH MEDINA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.217.359, de este domicilio, debidamente representada por el Abogado en ejercicio CARLOS JOSE GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 5348; contra el ciudadano LUIS ALBERTO POMPA MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 4.005.030, domiciliado en el sector agua salada, de la urbanización Churun Meru, Quinta Vida 3, Av. Bolívar, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, debidamente representado por su apoderada judicial abogada ADRIANA TERIUS SANCHEZ, inscrita bajo el IPSA Nº 93.152; SEGUNDO: SE ORDENA LA PARTICION sobre el bien único que forma parte de la comunidad conyugal, la cual recae sobre el cincue.....