Decreta: La Prescripción Especial; y en consecuencia, La Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal, relación con el artículo 110 en su primer aparte, parte in fine y el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 49 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, se Decreta: El Sobreseimiento de la presente Causa, seguida al ciudadano CARLOS JOSE MARTINEZ NORIEGA, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 52 años de edad, nacido en fecha: 28-06-1965, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9933130, de profesión u oficio albañil, hijo de Petra Noriega y Segundo Aguilera, con domicilio en Guiria Municipio Valdez, Barrio Guarama La Cruz, cerca de matadero viejo, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la .....