Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por motivo de PRORROGA LEGAL, ha incoado el ciudadano ENRIQUE VENTURA GONZALEZ FIGUEROA, titular de la cedula de identidad N° 4.253.455, asistido por el abogado ALEX GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.338, en contra de la ciudadana AMINTA JOSEFINA RIVAS CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° 3.012.102, representada por el abogado GUSTAVO BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.154.- SEGUNDO: SE ORDENA a la ciudadana AMINTA JOSEFINA RIVAS CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° 3.012.102, desalojar de bienes y personas el inmueble conformado por un local donde funciona la Posada Mama Campo, ubicado en la Calle Cantaura, N° 23 de Carúpano, Estado Sucre, y hacer en.....