Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la privación judicial preventiva de libertad, al imputado Iván José Garrido, titular de la Cédula de Identidad N° 5.243.845, soltero, comerciante, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 26-11-57, de 47 años de edad, residenciado en Valencia, Montes de Oca con Independencia, casa 25-68, Estado Carabobo, hijo de Livia Garrido y Salomón Salcedo, por el delito de Fraude, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinal 1° del Código Penal reformado, en perjuicio de la Empresa Saneatec C.A.. Líbrese boleta de encarcelación adjunto a oficio dirigido al Comandante General de Policía del Estado Sucre. Se acuerda solicitar al Tribunal de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, información acerca de la causa iniciada por ante ese Tribunal, según oficio N° 1.786, de fecha 05-09-03, contra el imputado de autos. Se acue.....