Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada DEYSI GALANTÓN, Defensora Privada del ciudadano CARLOS JOSÉ PAREJO, contra la decisión dictada en fecha 22 de Octubre de 2012 y publicada en fecha 08 de Noviembre de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual declaró CULPABLE al ciudadano CARLOS JOSÉ PAREJO, y lo condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 43 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano MAURICIO ANTONIO CASTAÑEDA PEREDA (OCCISO ). En consecuencia se fija el acto de Audiencia Oral para el día VEINTITRÉS .....