Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Tercero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados ciudadanos LUIS RAFAEL MARQUEZ y ser venezolano, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de oficio ayudante de obrero, nacido el 28-08-1968, titular de la cédula de identidad N° 11.382.905, domiciliado en Mariguitar, barrio Miramar, calle principal, casa S/N, frente al Gimnasio, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 en el supuesto contendido en el segundo aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. En virtud que esta decisión fue dictada en audiencia oral en presencia de las partes téngase notificadas conform.....