ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 313 numeral 6 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida TOTALMENTE la acusación fiscal, CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos al ciudadano RAFAEL ALEJANDRO AGUILAR HERIQUEZ, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, delito cometido en perjuicio del ciudadano YOEL MORON, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISION mas las penas accesorias de Ley, pena que culminara aproximadamente en el año dos mil diecisiete (2019); y al ciudadano CHARLYS ALEJANDRO LEMUS BERMUDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.347.050, de 24 años de edad, natural de Cumana; nacido en fecha 28-06-1991, .....