Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara: SIN LUGAR la Falta de Cualidad Opuesta, CON LUGAR la demanda que por Nulidad de Venta intentara el ciudadano ROBERTO JOSE AMARISTA contra los ciudadanos RITA HERNANDEZ DE HERNANDEZ y LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO SUCRE, plenamente identificado en autos, sobre el Documento Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Arismendi del Estado Sucre, anotado bajo el N° 44 de la Serie, a los folios 129 al 130 vuelto, Protocolo Primero, Tomo II correspondiente al Segundo Trimestre del año 2.001, en donde el ciudadano ARGENIS JOSE MARIN ZACARIAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° 4.046.709, actuando en su carácter de Alcalde y.....