En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ZULAY DEL VALLE VENALES y EDGAR JOSÉ VENALES, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de la cédula de Identidad N° V- 10.547.676 y V- 6.957.030, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio REYNALDO PEREIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.474 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, en fecha 25 de Febrero del año1985.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la p.....