este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos AMADOR ANDRÉS ROJAS NARVÁEZ y LOURDES ISIDRA PINEDA BLONDELL, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la Urbanización Nueva Cumaná, Edificio M-8, piso 5, apartamento 5-D, de esta ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, titulares de las cédulas de identidad números V-14.993.471 y V-12.270.773, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio LUIS RAMON GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.444, en consecuencia queda extinguido el vínculo matrimonial que los unía y que contrajeran por ante la Alcaldía del Municipio Caripe del Estado Monagas, en fecha veintitrés de enero del año dos mil cuatro (23/01/2004).