DISPOSITIVO:
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos JORGE MANUEL DEL JESÙS PÈREZ OSORIO, venezolano, de 27 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 17.217.892, de profesión u oficio Archivista de la Cámara Municipal, nacido el 01-10-1986, hijo de Argenis Pérez y Abina Osorio, en Guayacán de la Flores, Vereda 21, Sector 1, Casa Nº 3, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, teléfono: 0294- 3323821 y ROMULO MIGUEL RONDON ROJAS; venezolano, de 32 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Ident.....