este Tribunal Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRESCRITA LA EJECUCIÓN en la causa donde se ventiló la pretensión de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, seguida por el abogado SALVADOR GALLONI, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el N° 9.327, quien actuó en nombre propio, contra la sociedad mercantil VIVEROS MANZANARES C.A, representada por el ciudadano Rafael José Salinas Bárcenas, portador de la cédula de identidad N° V- 2.664.640. Asi se decide.