es por lo que, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, niega lo solicitado por el apoderado de la parte demandante abogado ANTONIO MARCANO, por considerar improcedente.- Y así se decide.-