y siendo así, este Juzgado procede a fijar los límites de la controversia lo cual hace en los términos siguientes:
Queda circunscrito al debate procesal:
a) La posesión ejercida por la parte actora ciudadana YANIRA JOSEFINA OBANDO RODRIGUEZ, sobre la finca de cacao denominada QUEBRANTE, con una superficie de 2 has, aproximadamente, situada en San Juan, Parroquia Tunapuicito Municipio Benítez, Estado Sucre, alinderado así: norte: desmonte de Pedro Pablo Gil; SUR: Haciendo de Martín Brito; ESTE: Finca de Catalino Obando y OESTE: finca de Martín Brito.
b) La perturbación ejercida sobre el deslindado inmueble por el demandado ciudadano JULIO CESAR VILLARROEL BRAVO.
c) Los hechos constitutivos de la referida perturbación.
En virtud de lo expuesto anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela .....