éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano: MODESTO MAGDALENO AGUILERA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.076.345, nacido en fecha 25-02-1976, de 35 años de edad, de profesión u oficio Pescador, hijo de Cleofe Ugas y Felicidad Aguilera, y domiciliado en la parcelas de San Martín, casa Nº 20, Carúpano, Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículos 453, numerales 3 y 4, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: EUFRACIO MELESIO VILLARROEL TOLEDO; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se acuerda la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 o.....