Con fundamento a los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, EL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL CIUDADANO TULIO RAFAEL URBANO GARCIA, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 21 de Abril de 2009, que declaro Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional en el procedimiento incoado por el ciudadano, TULIO RAFAEL URBANO GARCIA en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA VIALPA, S.A; SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISION PROFERIDA POR EL JUZGADO A QUO, en consecuencia se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional en el procedimiento incoado por el ciudadano, TULIO RAFAEL URBANO GARCIA en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCT.....