Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Richard José Pino Brito, de nacionalidad venezolana, natural de Carúpano donde nació el 27-03-82, de 23 años de edad, hijo de Maritza de Brito y de Juan Pino, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en Calle El Bajo, N° 12, Carúpano Estado Sucre y titular de la cédula de identidad N° V- 14.977.399, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal en perjuicio de la adolescente Marisandra Claret Rodríguez.- Con respecto a la solicitud de flagrancia la misma se constata ya que ciertamente del acta de procedimiento donde consta la detención del ciudadano imputado se verifica que fue detenido a poco de haberse come.....