D E C I S I ÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada la abogada JANETH STIFANO MOTA, actuando con el carácter de Defensora Privada, del imputado EDUARDO JOSÉ HERNANDEZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, de fecha 29 de abril del 2009, mediante la cual le decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD......