En este estado el Tribunal para decidir previamente observa:
En la presente acción, la parte demandante solo trajo a los autos como fundamento de la misma, copia certificada del expediente administrativo contentivo de las actuaciones levantadas por las autoridades de tránsito terrestre y las mismas fueron impugnadas en su oportunidad procesal correspondiente por la parte demandada, y siendo así, queda sin sustento alguno la demanda intentada, por lo que la presente acción no puede prospera en derecho. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS derivados de Accidente de Tránsito intentara el ciudadano MODESTO ANTONIO MORAO contra los ciudada.....