DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  Decreta:  el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para  IMPUTADO DESCONOCIDO, por el delito precalificado por esta Fiscalía como HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano: KHALED SALAH EDDINE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.833.959 y residenciado en la Avenida Perimetral, Edificio Saade, APTO 102 de esta ciudad de Cumaná estado Sucre, fundamentándose  esta decisión en que  esta demostrado la existencia de  un hecho punible cometido pero, sin embargo, ha transcurrido el tiempo estipulado para que opere la PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, por lo .....