RESUELVE: de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 Lit. b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, AUTORIZAR PARA TRABAJAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL a la penada ALEJANDRA DEL CARMEN GUEVARA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.420.426. Estableciéndose como lugar de Trabajo en el Centro Comunitario de Promoción Popular CCPP, ubicado en el Peñón, Av. Principal, cerca de la Capilla, Cumaná, Estado Sucre, en el horario comprendido de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 12:00 M y de 2:00 PM a 6:00 PM. En consecuencia, Librase la correspondiente Boleta de Pre-Libertad y junto con oficio remitiéndose al Internado Judicial de Cumaná Copia Certificada de la presente decisión.-