DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contra del ciudadano UBERNEL JOSÉ VALLEJO RODRÍGUEZ, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, interpuesta por la ciudadana YELITZA DEL CARMEN MONTAÑO ROJAS, igualmente identificada ut supra, quedando obligada la parte demandada cancelar la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (BS. 6.000,00), por concepto de mensualidades no canceladas desde el mes de noviembre de 2012, hasta el mes de marzo de 2014, ambos meses inclusive, a sufragar el VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) de todos los ingresos mensuales, el VEINTE POR CIE.....