éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA el cese de la Medida Cautelar impuesta en fecha 02/05/2009, al ciudadano Rafael Antonio Sotillo Véliz, consistente la misma en un régimen de presentaciones cada ocho (08) días durante el lapso de seis (06) meses, por ante la Prefectura del Municipio Montes del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el mismo cumplió fielmente las mismas por un lapso superior a seis (06) meses, poniéndose en evidencia su buena fe para con el proceso penal que se le sigue. En tal sentido, se ordena notificar a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena oficiar a la Prefectura del Municipio Montes del Estado Sucre, participá.....