Declara Cumplida y por consecuencia Extinta la Pena Corporal del ciudadano JOHAN MANUEL ZERPA URBANEJA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.742.025.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia y se acuerda librar boleta de notificación al delegado de prueba quien deberá notificar al señalado penado de autos que deberá presentarse por ante este Tribunal el día Lunes 25 de abril del 2005 a las 10:00 AM horas de la mañana, a los fines de ser impuesto de la presente decisión.
Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 479, 496, 498, 501 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. Se ordena librar oficios a los Cuerpos Policiales, especificando todos los datos de esta causa y del penado, a fin de que sea excluido al pre nombrado ciudadano del Sistema de Personas Requeridas. Remítase Copias Certificadas del presente Auto adjunto a oficio a.....