este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al desistimiento de la pretensión realizado por los ciudadanos GEORGES BOU BOU BEDROS Y BAHAA TAHHAN DE BOU BOU, titulares de las cédulas de identidad Ns° V-6.270.535 y V- 7.226.872, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio MARCOS J. SOLIS SALDIVIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°43.655, en el procedimiento mediante el cual se ventiló la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO contra los ciudadanos JORGE ALBERTO HADDAD TALBICE Y DANIEL SAMIR HADDAD TALBICE, titulares de las cedulas de identidad Ns° V-17.673.474 y V-19.762.090, en ese mismo orden, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se ordena proceder.....