Por todo lo Antes expuesto este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara la MODIFICACIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN COLOCACIÓN EN FAMILIA DE ORIGEN, intentada por la ciudadana ROSA ELENA NOGUERA AYALA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.192.115, PARA CONTINUAR EJERCIENDO LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA DE SU NIETA OMISSIS, y en cuanto a la adolescente OMISSIS, se ordena al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Arismendi del Estado Sucre, a los fines de dictar la medida conducente de la referida adolescente ya que se encuentra en situación de calle, asimismo salvaguardar el derecho a la protección, a la vida, a ser criada en familia. Todo de conformidad con los Artículos 08, y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas, y adolescentes, en concordancia con los Artículos 09 de la Con.....