Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta. decreta Con Lugar La SUSTITUCION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, impuesta al sancionado "OMISIS", a quien se le sigue el presente asunto por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, previsto en el artículo 406, ordinal 1º, en perjuicio del ciudadano Yobeltis Rafael Marcano Centeno, POR EL CUMPLIMIENTO SIMULTANEO DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso que le falta por cumplir, es decir, Un (01) Año, Diez (10) Meses y Veintiún (21) Días de Privación de Libertad, de conformidad con los artículos 645 y 647 de la ley especial. quedando obligado a PRIMERO: Presentarse una vez por ante el personal técnico del centro socio educativo. SEGUNDO: Presentarse una vez al mes po.....