este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, habiendo manifestado el encausado su deseo de acogerse a la Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso consistente en la Suspensión Condicional del Proceso, es por lo que este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA a favor del acusado ciudadano PEDRO LUIS BETANCOURT, venezolano, natural de Santa Maria de Cariaco, nacido en fecha 13-08-79, titular de la cedula de identidad numero V ¿16.142.157, de 32 años de edad, de profesión Infante de marina, residenciado en Brisas del Golfo, frente a la plaza, casas N° 104, frente la plaza de esta ciudad, teléfono 02938086046; LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL PLAZO DE UN AÑO, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal Venezolano, e.....