en virtud de lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Cajigal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la acción de DIVORCIO, intentada por los ciudadanos, Omar Jose Rodriguez Subero y Nelida Ysmel Crespo Velásquez, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, entre si, titulares de la cedula de identidad números V-6.448.318 y V- 6.643.066, respectivamente, domiciliado el primero en la Comunidad de los Marines, Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre y la segunda en la calle "El Cacao", Sector Campo Obrero de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, quedando así en consecuencia, Disuelto el vinculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Cajigal del estado Sucre en fecha 02 de Febrero de 1.979, según acta Nro 10, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la mencionada Prefectura, todo de conformidad con lo est.....