se acuerda exhortar respetuosamente a un juez de la Unidad de Jueces de Ejecución del Estado Anzoátegui, en Barcelona, para que una vez distribuida la causa entre los mismos, uno de ellos conozca de todo lo concerniente al penado DALMIRO DE JESÚS AGREDA VÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 16.717.453.
Es por todo lo antes considerado que este Juzgado Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ACUERDA exhortar al Juez de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a fin de que provea lo conducente para que continúe, como lo venía realizando, el seguimiento del cumplimiento de pena; inclusive lo relacionado con el otorgamiento de los posibles beneficios a los que tenga derecho el penado DALMIRO DE JESÚS AGREDA VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad 16.717.453, debiendo informar a este despacho cualquier decisión que se dicte o cualquier situación que se presente, incluyendo el otorgamie.....