REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 8 de febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2001-000033
ASUNTO : RL01-P-2001-000033

Visto los oficios n° 031-2005 de fecha 07-01-2005 y oficio n° 1348-2005 de fecha 21-12-2005, recibidos en este Despacho en fecha 12-01-2005 y 26-01-2006, respectivamente, emanados del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi”, Valencia-Estado Carabobo, mediante el cual solicita y ratifica la solicitud de revocatoria de la medida de Régimen Abierto del penado BARTOLOME LUIS COVA GUEVARA; quién se evadió de las instalaciones de ese Centro; este Tribunal Primero de Ejecución una vez revisadas las presentes actuaciones observa:
Cursa a los folios 120 al 123 auto de fecha 17-03-2004 mediante el cual este Juzgado acuerda la Formula alternativa del Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto al penado de autos, para cumplirlo en el Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti, ubicado en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo.
Cursa a los folios 139 al 144 oficio n° 1248-2004 de fecha 05-10-2004, emanado de Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi”, Valencia-Estado Carabobo, mediante el cual remite Informe de Solicitud de Revocatoria del residente: BARTOLOME COVA GUEVARA.
Cursa a los folios 145 al 146 auto mediante el cual este Tribunal visto el contenido del oficio n° 1248-2004 de fecha 05-10-2004, emanado de Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi”, Valencia-Estado Carabobo, ordena la captura del penado BARTOLOME LUIS COVA GUEVARA, titular de la cédula de identidad n° 13.359.671 y que una vez que sea aprehendido se ordena su reclusión en el Internado Judicial de Cumaná hasta que se fije audiencia Oral a los fines de resolver sobre la solicitud de revocatoria de la Fórmula Alternativa del Cumplimiento de Pena Régimen Abierto, librándose los correspondientes oficios a los órganos de seguridad del Estado, así mismo se libró oficio signado con el n° 2.458-04 dirigido al Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi”, Valencia-Estado Carabobo, informándole sobre la decisión de este Juzgado.
Ahora bien, de todo lo expuesto y p0r cuanto hasta la presente fecha no se ha recibido respuesta sobre la captura del penado BARTOLOME LUIS COVA GUEVARA, titular de la cédula de identidad n° 13.359.671, nacido en fecha 06-10-1977, domiciliado en la Calle La Cima, casa s/n, Quinta Yamilet, Sabilar, Cumaná, Estado Sucre, es por que este Tribunal Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, acuerda ratificar los oficios n° 2.459-04, 2.460-04 y 2.461-04 de fecha 21-10-2004 dirigidos al Comandante del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas y Comandante del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Cumaná, Estado Sucre, mediante el cual se ordenó la captura del penado de autos; igualmente se acuerda oficiar al Jefe del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. Andrés Grisanti Franceschi”, Valencia-Estado Carabobo notificándole que este tribunal en esta misma fecha ratificó los oficios de fecha 21-10-2004, mediante el cual se solicito la captura del penado BARTOLOME LUIS COVA GUEVARA y que hasta tanto no se logre la captura del mismo, este tribunal no podrá pronunciarse sobre la revocatoria de la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto impuesta al penado de autos. Librese los oficios respectivos. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,