En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos, ciudadanos LORENZO LUIS MARTINEZ CAMPOS y YILITZA NICOLASA CABRERA AZOCAR, quienes son, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.643. 327 y V-11.445.274, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio, ZAIHER RIVERO RIVERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 116.648, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre, Estado Sucre, en fecha 20 de Febrero de 1993.