En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos : WIDILFRED DAVID TRUJILLO SALAZAR y NARCYS ANDREINA MAGO MORENO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 13.498.668 y 14.670.687, respectivamente; ambos cónyuges entre sí, quedando en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Juzgado primero del Municipio carona, del Segundo Circuito Judicial del estado Bolívar, en fecha veintisiete (25) de Mayo de Dos Mil Cuatro (2.004).