DECISIÓN.-
Por los razonamientos anteriormente expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los ciudadanos ELIZABETH DEL CARMEN MEDINA MARTINEZ Y JOSE LUIS BRITO CORDOVA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio y titulares de la cédulas de identidad Nros. V-19.293.611 y V- 14.290.713, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio RICARDO GUILLERMO SUAREZ BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 209.955, en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Registro Civil del Municipio Benítez del Estado Sucre, en fecha veintisiete.....