DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, quien suscribe el presente fallo, con el carácter de Jueza Superior Presidenta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada ANADELI LEÓN DE ESPARRAGOZA, en su carácter de Jueza Superior (Suplente) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, para abstenerse de conocer la causa penal número RP01-R-2015-000310, creada en virtud del Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada LUISANI COLÓN, en su carácter de Defensora Pública Primera con Competencia en Materia Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del estado Sucre - Sede Cumaná; actuando en representación de los ciudadanos OLIVER SUÁREZ PLANCHE, MARYELCI PATRICIA BOADA LIZARDI, AURORA VELÁSQUEZ FARÍAS, AMADO ANTONIO PLANCHE y GREGORIO NATERA BARRETO, im.....