Por lo tanto, como el error señalado está probado en autos, por la copia certificada valorada, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO, incoada por los ciudadanos LUIS BELTRÁN MENDOZA JIMÉNEZ, ELYNÉS ROSSE MENDOZA JIMÉNEZ, JESÚS ANTONIO MENDOZA JIMÉNEZ y ELIZABETH MENDOZA JIMÉNEZ, por lo que en sus actas de Nacimiento ANTES DE DONDE DICE: "ELINOR JIMÉNEZ" debe escribirse "DELIA", pues los nombres y apellido completos de la madre es DELIA ELINOR JIMÉNEZ.