Siendo así, y por cuanto la parte demandada en la presente causa formulo oposición a la partición, y convino en partir los siguientes bienes:
Primero: Un inmueble constituido por un lote de terreno Ubicado en Guayacán de las Flores, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, alinderado así: Norte; Casa que es o fue de Melecio Bellorin, Sur; Terrenos que son o fueron de Luis Beltrán Salazar hoy son o fueron de Pedro Eloy Rojas, Este; Carretera Carúpano-Caripito y Oeste; Terrenos que son o fueron de Salomón Ortiz, adquirido mediante documento Protocolizado por ante la Oficia Subalterna de Registro Publico del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 21 de Junio de 1.977, bajo el N° 89 de la serie, Folios 103 al 104, Protocolo Primero, Segundo Trimestre del Año 1.977, y sobre la casa que se encuentra enclavada sobre el mismo la cual no tiene documento.
Segundo: Unas bienhechurías enclavadas sobre un terreno Municipal ubicadas en el sector conocido como Cariaquit.....