este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, lo solicitado por la Representante del Ministerio Público; y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de las adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de esta ciudad y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Calle Santa Ana, casa 55, cerca del Mercal de esta ciudad; por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES EN RIÑA, previsto en el artículo 416 en concordancia con el articulo 425 ambos del Código Penal venezolano en perjuicio de las mismas; de conformidad con el artículo 582, literal "c" de la L.O.P.N.N.A., consistentes en presentarse cada treinta (30) días por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná. Se otorga la libertad de las imputadas de autos, desde esta m.....