es por lo que se ACUERDA CON LUGAR lo solicitado, en el sentido de autorizar el traslado del Penado JOSÉ LUÍS FARIÑA BLANCA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.761.745, casado, natural de Cumaná, nacido en fecha 08/11/1990, hijo de Margarito Salazar y Amarilis Fariña, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Llanada, sector Villa Bolivariana, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, el día viernes 10 de AGOSTO del año 2012, hacia las instalaciones del ESTADIO DELFIN MARVAL de esta Ciudad de Cumaná, en horario comprendido entre las 09:00 a.m. a 02:00 p.m., con la finalidad de que participe en un INTERCAMBIO DEPORTIVO PENITENCIARIO, EN LA DISCIPLINA DE SOFTBOL ENTRE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD DE ESE INTERNADO VS LOS PRIVADOS DE LIBERTAD DEL INTERNADO JUDICIAL DE CARUPANO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 de la Ley de Régimen Penitenciario, en tal sentido Ofíciese .....