Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley ,PRIMERO: Se declara Procedente la solicitud de MEDIDA AUTONOMA DE PROTECCION AL CULTIVO solicitada por el ciudadano abogado en ejercicio WILMAL ZAPATA PEREZ, titular de la Cedula de Identidad N° 9.450.905, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.572, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa HACIENDA SAN JOSE, C.A., sobre los siguientes lotes o parcelas de terreno, Primera: Hacienda Grupo San José conformada por (8) cortes de cacao, alinderada así: Norte: Arboleda de cacao y terrenos de Ricardo Guerra, Simón Pino, Filomeno Rodríguez y Potrero de la Sucesión Dona. Sur: Terrenos de Edito Gómez, de la Sucesión Francisco Rodríguez y con el Rio El Pilar. Este: Con la Quebrada Seca, con el corte "Font" de l.....