REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 07 de Julio del 2.023.
213° y 163°
Exp. N° 17.870.
DEMANDANTE: ENGERMAN ANGERINA MEDINA FIGUEROA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.294.347.
APODERADO JUDICIAL: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
DEMANDADA: MARÍA DEL VALLE RODRÍGUEZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° 10.220.438.
APODERADO JUDICIAL: No otorgo poder.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
MOTIVO: INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en fecha 28 de Junio del 2.023, este Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria donde se Homologó el Desistimiento suscrito por la parte demandante, y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
La Secretaria,
Susana García de Malavé.
Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.870.
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