En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, y la Resolución Conjunta emanada por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y para la Agricultura y Tierras, N° 030/2014, de fecha: 20 de mayo de 2014, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante ciudadana: SILVIA JOSEFINA MARTÍNEZ FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.945.811 y de este domicilio, su derecho de propiedad que tiene sobre las BIENHECHURIAS constituidas por una casa, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicada en el sector Guatamare, calle Principal de Guatamare, Parroquia El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, la referida parcela de terreno tiene los siguient.....