Por todos los motivos de hecho y de Derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA CUESTIÓN PREVIA opuesta por la demandada, contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la Incompetencia del Tribunal; en el procedimiento que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑO EMERGENTE y LUCRO CESANTE sigue el ciudadano FREDDY GONZÁLEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.794; actuando en representación de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA “TRANSPORTE J.M.”, R.L., debidamente Inscrita por ante la Oficina Subalterna del Municipio Sucre, en fecha 19/09/2003, folios 268 al 277, Tomo 18, Protocolo Primero, Tercer Trimestre y asentada bajo el No. 40; contra el BANCO MERCANTIL, C.A., person.....