En nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, en virtud del análisis del acervo probatorio debatido en esta sala. ABSUELVE, a la ciudadana MARIELA MERCEDES SALMERON DE GUIEVARA, Venezolana, de 34 años de edad, de oficio secretaria, titular de la cedula de identidad Nro.- V-6.766.820, nacida en fecha 21-10-1971, residenciada en Urbanización El Barbudo, calle Anaco, casa N°5 Cumaná Estado Sucre, del delito de CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CONTAMINANTES, previstos y sancionados en el artículo 36 de la Ley Penal del Ambiente en perjuicio del Estado Venezolano, por el cual la acusó la Fiscalia Segunda del Ministerio Público con Competencia en materia Ambiental de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, representada por el Abg. JUAN CARLOS BASTARDO. La presente decisión es dictada de conformidad con establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal