este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano JOSE DAVID QUIJADA FAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª. 8133780, residenciado en el caserío La soledad de Cariaco, Calle principal casa S/N, Municipio Ribero, Estado Sucre, por el delito de APROPIACION INDEVIDA CALIFICADA previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de JOSE LUIS BARRETO REYEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nª. 9309952, residenciado en el sector La Esmeralda calle Elñ Cementerio casa S/N, al lado e la bodega 19 de Abril, Carúpano Estado sucre; por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal .....