En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara
Primero: Con lugar la solicitud de calificación de la aprehensión en flagrancia del adolescente: Omissis, antes identificado, y la prosecución del proceso por el procedimiento ordinario ya que existen otras actuaciones que realizar.
Segundo: Con lugar la solicitud de detención preventiva para su identificación, de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por lo que el adolescente: Omissis, antes identificado, quedará detenido a la orden de éste Juzgado hasta tanto se consigne el acta de nacimiento que certifique los datos del referido adolescente.
Tercero: Con lugar la solicitud de copias simples, presentada por las partes líbrese boleta de detención y remítase mediante oficio al Comando de Policía del Municipio Valdez.