este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara con lugar la solicitud de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, formulada por la representación fiscal en contra de la ciudadana imputada MARY CARMEN JOSEFINA IRIARTE RIVAS, y residenciada en el sector Tres Picos, calle Girasol, casa S/N, cerca de la iglesia, Cumaná, Estado Sucre; imputándole la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARIA COVA. Conforme a lo establecido en los numerales 3 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Presentaciones cada diez (10) días, por un lapso de ocho (08) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, y estar atento a los llamados que realice .....