Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a la ciudadana Ynoeli del Valle Salazar Peinado, venezolana, de 31 años de edad, nacida en fecha 28/01/1977, soltera, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de Identidad No. 13.772.562, domiciliada en El Barrio Brasil, vereda 9, casa n° 9, Cumaná, Estado Sucre, y quien fuera condenada a cumplir la pena de: OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en.....