Este Tribunal Primero de Juicio Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda El SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano JEAN CARLOS LOBATÓN FIGUERA, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.538.127, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 20/05/84, hijo de Carmen Figuera y Pedro Lobatón, residenciado en el barrio Universitario, casa Nº 07, entrando a La Llanada, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana OLGA MARÍA CÓRDOVA, por lo tanto se decreta el cese de las medidas de coerción personal que en su momento le fueren decretada al acusado de autos.